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Cartilla explicativa: El caso TIPNIS y los derechos de la Madre Tierra

El presente documento sintetiza la historia y los resultados de la demanda por violación de derechos a la Madre Tierra presentada por el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), a través de los representantes de la subcentral del TIPNIS ante el Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza (TIDN).

Cartilla: El caso TIPNIS y los derechos de la Madre Tierra

Un largo camino de resistencia

portada cartilla caso tipnis ante tidnEn octubre de 2011, la Octava Marcha Indígena logró una importante victoria con la promulgación de la Ley 180 de protección del TIPNIS, que no permitía obras de infraestructura que afecten el parque. En 2017 el gobierno nacional, que controla la Asamblea Legislativa, procedió a remplazar la Ley 180 de intangibilidad del TIPNIS por la Ley 969, que posibilita la construcción de la carretera que dividirá al TIPNIS y representa una flagrante violación a los derechos de la Madre Tierra.

El 7 y 8 de noviembre de 2017, en la ciudad de Bonn, Alemania, la Subcentral de pueblos indígenas del TIPNIS y la Subcentral de mujeres del TIPNIS, denunciaron ante el tribunal que los derechos de esta selva amazónica estaban siendo violados por el gobierno de Evo Morales.

El 16 de enero de 2019, la comisión internacional dio a conocer su informe final sobre el caso TIPNIS a través de una video conferencia en la APDHB. El informe de la comisión internacional -con base en la amplia información recopilada durante su visita- exhorta al Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza a sancionar al gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia por las reiteradas violaciones a los derechos establecidos en la “Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra”, expedida en Tiquipaya, Cochabamba, Bolivia, el año 2010.

En mayo de 2019, el Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza emitió su sentencia final sobre el caso TIPNIS en la que afirma que dar derechos a la naturaleza constituye una evolución del concepto de protección a la Naturaleza, considerándola como un sujeto que tiene vida. Este reconocimiento tiene dos efectos fundamentales: 1. la naturaleza tiene derechos específicos que son de la misma jerarquía que otros derechos fundamentales; y, 2. al ser los derechos de la naturaleza derechos fundamentales, quedan protegidos contra decisiones que pretendan limitar estos derechos.

La sentencia de 90 párrafos condena al Estado Plurinacional de Bolivia por violar los derechos de la Madre Tierra principalmente los referidos a existir y ser respetada, a su integridad y funcionamiento vital y a la regeneración de su biocapacidad y continuación de sus ciclos y procesos vitales libres de alteraciones humanas. (Art. 2 – Declaración de derechos de la Madre Tierra, art. 7 – Ley 71 y art. 9 – Ley 300).